Seniat publica instructivo para declarar contribución a las pensiones

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Cortesía

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) publicó este jueves el instructivo para la declaración de la contribución establecida en la recientemente aprobada Ley de Protección de Pensiones de Seguridad Social del Bloqueo Imperialista.

El instructivo del Seniat muestra los pasos para declarar la contribución del 9% de la nómina de la empresa en el portal web de la institución.

El documento tiene como objetivo explicar detalladamente la forma de realizar, a través de la página web del Seniat, la declaración para la protección de las pensiones, de acuerdo a lo establecido en Gaceta Oficial N° 42.881 de fecha 17 de mayo de 2024.

En la Gaceta Oficial 42.881 del 17 de mayo de 2024, fue publicada la providencia administrativa SNAT/2024/000042 del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), mediante la cual se establecen las normas para la declaración y pago de la contribución especial para la protección de las pensiones de seguridad social.

Las personas jurídicas que realicen actividades económicas deberán declarar y pagar la contribución especial prevista en la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social frente al Bloqueo Imperialista por los pagos realizados a los trabajadores por concepto de salario y bonificaciones de carácter no salarial. La fecha de su declaración y pago está determinada por el último dígito del RIF, en las fechas establecidas en el calendario de la providencia.

En el caso de pagos de sueldos y bonificaciones de carácter no salarial en moneda distinta a la de curso legal en el país, la base de cálculo para determinar la contribución especial deberá realizarse mediante la conversión de estos importes a bolívares, de acuerdo al tipo de cambio oficial dictado por el Banco Central de Venezuela.

Las personas jurídicas que están obligadas al pago de la contribución especial deberán informar trimestralmente la cantidad de trabajadores activos que mantienen en sus nóminas.

De acuerdo con esta providencia administrativa, el Seniat tiene la potestad de iniciar los procedimientos de verificación, fiscalización y determinación que considere necesarios para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en el instrumento legal.

La providencia administrativa entró en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial, el 17 de mayo de 2024.

Vale recordar que la alícuota especial está establecida en 9% de la nómina integral de cada empresa u organización contribuyente.

Recordemos que la Asamblea Nacional aprobó el pasado 07 de mayo por unanimidad la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social frente al Bloqueo Imperialista, en su segunda discusión.

Tomado de Ultimasnoticias.com.ve

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