El #9feb entra en vigencia el Plan para la Reactivación del Transporte Internacional de carga y pasajeros entre Venezuela y Colombia

El vehículo deberá tener las placas en un lugar visible y tendrá que acatar las condiciones de pico y placa o restricciones a la movilidad en la unidad territorial que corresponda.

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El 9 de febrero entrará en vigencia el Plan Operativo para la Reactivación Gradual del Transporte Internacional de Carga y Pasajeros por Carretera entre Venezuela y Colombia.

El Ministerio de Transporte dio a conocer el Instructivo Integral de Frontera que se aplicará para el paso vehicular fronterizo y que tendrá un plazo de ocho días, hasta el 9 de febrero, para su socialización y entrada en vigencia. 

Por medio de un comunicado, el Gobierno Nacional informó que mediante un acuerdo binacional, el ministro de Transporte, Guillermo Reyes, y su homólogo en Venezuela, Ramón Velásquez Araguayan, suscribieron el Plan Operativo para la Reactivación Gradual del Transporte Internacional de Carga y Pasajeros por Carretera

El ministro Reyes dijo que ayer se dio inicio a la primera fase de socialización con los transportadores y la comunidad en general, lo que «beneficiará al transporte internacional y de forma progresiva mejorará las condiciones de otras modalidades de transporte», señaló.

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Además, indicó que los procesos se realizarán bajo una exhaustiva evaluación del desarrollo de la operación comercial, «pensando primero en el desarrollo económico de transportadores y la población ubicada en la frontera», agregó el ministro.

Para vehículos particulares, los conductores deberán presentar licencia de conducción, Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) vigente y documento de propiedad del vehículo.

También deberán presentar al menos uno de los documentos admisibles para el control migratorio, tales como Pasaporte vigente, cédula de ciudadanía/cédula de identidad venezolana, Permiso Especial de Permanencia (PEP), Permiso de Protección Temporal (PPT) o Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF). 

El vehículo deberá tener las placas en un lugar visible y tendrá que acatar las condiciones de pico y placa o restricciones a la movilidad en la unidad territorial que corresponda. «Si el tránsito por el país es inferior a 3 meses, no requerirá de la revisión técnico- mecánica y de gases», aclaran. 

Para las motocicletas se solicitarán los mismos documentos, pero anexan otros requisitos como porte obligatorio de casco y chaleco reflectivo. Tienen prohibido circular con parrillero hombre en la unidad territorial que corresponda.

Servicio de transporte público

Para el transporte colectivo transfronterizo los requisitos serán: Licencia de conducción, revisión técnico – mecánica, SOAT vigente, póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual, documento de propiedad del vehículo o Certificado de registro de vehículo, permiso o tarjeta de operación o certificado de prestación del servicio CPS y el DT 9 o DT 10.

El vehículo debe circular con sus placas en lugar visible y no puede superar los 24 años. 

Deberán circular por las rutas autorizadas y tendrán como destino final las terminales autorizadas de transporte. También deben acatar las condiciones de pico y placa o restricciones a la movilidad

No está permitido el uso de vidrios polarizados. El propietario del vehículo debe registrarse en el Área metropolitana o ante la autoridad de transporte competente.

Los documentos admisibles para el control migratorio son los mismos que para los de conductores de vehículos y motocicletas. 

Para los taxis se exigirá la licencia de conducción, SOAT, revisión técnico – mecánica, póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual, documento de propiedad del vehículo o Certificado de registro de vehículo y permiso o tarjeta de operación.

El vehículo no puede superar los 24 años. Harán el servicio de transporte puerta a puerta, retornando a su punto de inicial sin recoger pasajeros en Colombia. 

También deben acatar las restricciones de movilidad. No podrán tener vidrios polarizados. Su registro debe hacerse en el Área Metropolitana de Cúcuta.  

Carga

El transporte de carga por la frontera tendrá que cumplir con los mismos requisitos que los anteriores, pero se agregan otros como la Póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual para transporte internacional de mercancías por carretera, el manifiesto de Carga Internacional expedido por la empresa autorizada, Certificado de Habilitación y Carta de Porte Internacional por carretera

Para el transporte internacional de pasajeros, además de los seguros y documentos de ley, las autoridades pedirán la Póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual para transporte internacional de pasajeros, manifiesto de pasajeros y permiso o tarjeta de operación.

Con información de La Opinión.

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