Los pagos a través de las plataforma digitales como Paypal, Zelle, holareserve entre otros estarán obligados a pagar el impuesto a las grandes transacciones financieras, según aclaró Carlos Ernesto Padrón Rocca, Gerente General de Servicios Jurídicos del Seniat a la Gerencia de Fiscalización
A través de su cuenta en la red social Twitter la usuaria @melimadeparra84 publicó imagenes de la comunicación en la que se explica que la base imponible es el monto total de los débitos en cuenta o el monto total de la cuantificación de los hechos imponibles establecidos en el artículo 3 de la Ley de Impuestos a las Grandes Transacciones Financieras, realizado por los sujetos pasivos de impuestos señalados en el artículo 4 con independencia de los conceptos incluidos en los referidos débitos, pagos, transferencias y demás operaciones gravadas.
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En el caso de Paypal, Zelle, Reserve etc, se destaca que la IGTF en su artículo 6, numeral 3 establece que “el hecho generador del tributo es la cancelación de deudas efectuadas sin mediación del sistema financiero, por el pago u otro medio de extinción realizada por los sujetos pasivos del impuesto antes analizado, es decir que si los sujetos de este impuesto cancelan la deuda por alguna de las plataformas de pago como medio de extinción de la deuda está gravado con el Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras»
La usaria @criptolawyer escribe que en la comunicación del General de Servicios Jurídicos emitida no menciona explícitamente si @BinanceES también entra dentro del hecho imponible..
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