EN GACETA/ Mecanismo para determinar los precios de las instituciones educativas privadas

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En Gaceta Oficial Nº 41.503 de fecha 16 de octubre de 2018 fue publicada la Resolución de la Vicepresidencia de la República mediante la cual se establece el mecanismo para determinar los precios aplicables al servicio prestado por las instituciones educativas privadas en todo el territorio nacional. (Se reimprime por fallas en los originales).

ACUERDO

Artículo 1. Inscribirse en la Plataforma Patria con el objeto que el personal docente y obrero que presta servicios en cada una de las Unidades Educativas, pueda registrar los datos laborales en la pestaña identificada como laboral, a los fines que el Estado honre los compromisos de pago de las diferencias que genere la aplicación de los tabuladores del gremio docente y obrero, respetando los escalafones correspondientes, durante tres (03) meses contados a partir del 16 de septiembre de 2018.

Artículo 2. A los fines y efectos de la aplicación e interpretación de la presente Resolución, se adoptan las siguientes definiciones:

Elementos de Costos: Comprende los Materiales e Insumos de Educación, Costos de Personal y Costos Indirectos.

Materiales e Insumos: Está constituido por los materiales e insumos de educación implementados de forma directa en la prestación del servicio educativo.

Gastos de Personal: Está representado por los Sueldos y Salarios de los Docentes (Fijo y Contratados); Asignaciones o Beneficios a Docentes (Fijos y Contratados); Sueldos y Salarios de Obreros y Obreras (Fijos y Contratados); Asignaciones o Beneficios de Obreros y Obreras (Fijos y Contratados); Sueldos y Salarios Directivos y Directivas, Asignaciones o Beneficios Directivos y Directivas, Sueldos y Salarios del Personal Administrativo; y Asignaciones o Beneficios del Personal Administrativo.

Costos Indirectos: Está representado por Alquileres Inmobiliarios, Materiales y Suministro de Limpieza, Servicios Básicos (Electricidad, agua, teléfono, gas), Mantenimiento de Maquinarias y Equipos, Mantenimiento de Inmueble, Depreciación Vehículo y Materiales, Bienestar Estudiantil (Becas, Comedor, Servicios de Salud, Seguros de Salud).

Artículo 3. Las mensualidades se determinarán a través de una metodología de agrupación de costos que considere todas las partidas contables mencionadas en el artículo 2 de la presente Resolución, como se expresa en la siguiente fórmula:

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