El aumento de la Unidad Tributaria (UT) a 17,00 bolívares soberanos solo podrá ser utilizado como Unidad de Medida para la determinación de los Tributos Nacionales cuya recaudación y control sean de la competencia del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), así como de las sanciones impuestas por este servicio, Así lo establece en el Artículo N° 2 de la Gaceta Oficial número 41.479 de fecha del 11 de septiembre.
Según el mismo artículo este ajuste no podrá ser aplicado por otros órganos y entes del poder público para la determinación de beneficios laborables o de tasas y contribuciones especiales derivados de los servicios que prestan, reseña un trabajo publicado en El Universal.com
El anuncio se ha prestado a diferentes interpretaciones.Según reseña la Agencia Venezolana de Noticias el reajuste de la Unidad Tributaria (UT) a 17,00 bolívares soberanos, permitirá generar un incremento en la recaudación tributaria en Venezuela.
Lea el trabajo completo en El Universal.com.