Declaran inadmisible medida cautelar
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia rechazó el recurso de nulidad contra la convocatoria a una asamblea nacional constituyente introducido por la fiscal general, Luisa Ortega Díaz. Los magistrados argumentan que hubo una «inepta acumulación de pretensiones» por parte de la titular del Ministerio Público.
La sentencia, con ponencia conjunta, agrega que fue declarado inadmisible la cautelar con que Ortega Díaz pidió dejar sin efectos el llamado a la constituyente hecho por el CNE.
El anuncio se produce cuando la oposición, encabezada por la Mesa de la Unidad Democrática, se disponía a desplazarse hasta el TSJ para adherirse al recurso de la fiscal general. Los alrededores de la corte amanecieron tomados por efectivos de la Guardia Nacional Bolivariana. Algunos ciudadanos ya habían empezado a congregarse en las inmediaciones para intentar dar su respaldo al recurso.
Por INEPTA acumulación de pretensiones, Sala Electoral del TSJ declara inadmisible recurso ejercido por Luisa Ortega Díaz
— TSJ Venezuela (@TSJ_Venezuela) 12 de junio de 2017
El pronunciamiento por amparo cautelar es inoficioso por la inepta acumulación de pretensiones
— TSJ Venezuela (@TSJ_Venezuela) 12 de junio de 2017