La unidad de investigación de la consultora financiera Torino Capital aseguró, en su informe, que “la dolarización de facto que se ha dado en el país es un proceso que se mantendrá y se profundizará en la economía a lo largo de 2020, incentivado por el propio Estado venezolano”.
La firma aseguró que es poco probable “que el gobierno busque la implementación de una dolarización oficial. Más allá de las limitaciones de las sanciones comerciales impuestas a nivel internacional, el Gobierno no posee mayores incentivos para implementar un proceso de dolarización, si se toma en consideración que alrededor de 20% de la población está ocupada por el sector público, los cuales perciben sueldos anclados al sueldo mínimo que ronda los 6 dólares al mes”,según reseña la nota publicada en el diario Panorama..
La firma indicó que “para implementar un proceso exitoso de dolarización la administración de turno debe estar consciente de que el país necesitará atravesar un largo camino”.
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De igual manera, señaló que dichos requisitos mínimos son “contar con un nivel de reservas internacionales en dólares lo suficientemente amplio que posibilite el intercambio de la moneda doméstica por la moneda de anclaje, así como para apuntalar la convertibilidad de cualquier mecanismo de deuda interna emitido por el gobierno. Si este no fuera el caso, sería necesario acudir al financiamiento externo».
“La moneda local no debe estar sobrevaluada ni sobrevalorada. Normalmente en las economías donde impera un tipo de cambio significativamente devaluado, los salarios también suelen estar deprimidos, ubicándose en niveles inferiores a los de sus pares comerciales. Por este motivo, estas economías deben procurar primero impulsar una recuperación de su aparato productivo interno, de forma que pueda paulatinamente ir asimilando los sueldos de los mercados internacionales”, apuntó la firma.
Cambios en la Carta Magna
Según Torino, la decisión de implementar o no una dolarización completa implicaría una modificación del Art. 318 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) donde se señala que “La unidad monetaria… es el bolívar”.
No obstante, el mismo artículo deja margen para permitir una unión monetaria: “En caso de que se instituya una moneda común en el marco de la integración latinoamericana y caribeña, podrá adoptarse la moneda que sea objeto de un tratado que suscriba la república”, apuntó la firma especializada.
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